Mes: octubre 2023

Los cambios más importantes de la nueva Ley de Alquileres: el nuevo índice de ajuste quedará debajo de la inflación

  • Los contratos que se firmen a partir de la promulgación de la ley se actualizarán cada seis meses.
  • Cómo es el nuevo índice que se usará para aumentar los precios.
La sanción del Congreso al proyecto que incluye los cambios a la Ley de Alquileres incorpora, como principal variante, la modalidad de ajuste de las locaciones. A partir de estas modificaciones a la ley sancionada en el 2020, el ajuste se reduce de un año a seis meses y el índice que se debe tomar para actualizar los alquileres ya no será el ICL (Indice de Contratos de Locación) del Banco Central sino el indice de Casa Propia que publica el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.
Este índice toma en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período. Si bien toma los mismos ingredientes de la fórmula anterior, su evolución quedaría muy retrasada respecto al Índice de Precios al Consumidor (IPC) que se utiliza para medir la inflación.
Este mecanismo de indexación que incluye el proyecto votado en el Congreso, actualmente se usa para los créditos Casa Propia y Procrear II. Tecnicamente, toma el menor indicador entre el promedio de la variación salarial (CVS) del último año (no la de un único mes) y el promedio de la inflación del mismo periodo (CER). Además, incorpora el Coeficiente de Variación Salarial con un aforo del 0,9. Es decir, en lugar de reflejar el promedio de la variación salarial en su totalidad, la fórmula solo lo hace en un 90%. https://www.clarin.com/economia/cambios-importantes-nueva-ley-alquileres-nuevo-indice-ajuste-quedara-debajo-inflacion_0_w0VQDAjBMy.html Fuente: Diario Clarín

Celular poco seguro

Una compañía de seguros fue condenada a pagar a su usuario el importe límite de la cobertura contratada conforme a valores vigentes a la fecha de su liquidación, daño moral y daño punitivo, por no cumplir con la póliza.

Un consumidor demandó a Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A. por haber devuelto el celular asegurado sin funcionar correctamente y luego pretender desligarse de su responsabilidad invocando una cláusula de exclusión inexistente. En su demanda el actor expuso que tras aceptar la cobertura del siniestro, la aseguradora lo derivó a un servicio técnico, que tras varios meses finalmente le devolvió el teléfono, pero con importantes fallas, lo que motivó que el celular debiera dejarse nuevamente en el service. Agregó que mientras el aparato se encontraba en poder del servicio técnico, recibió un correo de la accionada en el que se le informaba que lo que reclamaba era una falla del sistema de software no alcanzado por la póliza, por lo cual podía retirar el equipo cuando quisiese. Sin embargo, el servicio técnico había informado vía WhatsApp algo distinto. https://www.diariojudicial.com/news-96004-celular-poco-seguro

Elemento extraño en botella de gaseosa. Se eleva la multa para calmar la sed

La Cámara Comercial elevó el monto de una multa civil a $800.000 contra una famosa fábrica de gaseosas, tras encontrarse un pedazo de papel celofán en el interior de la botella que no se llegó a abrir.

A principio de este año este medio reseñó un caso en el cual una mujer encontró un pedazo de papel celofán en el interior de una botella de gaseosa de una marca líder en el sector, hecho por el cual la misma demandó a la empresa y obtuvo una sentencia favorable del juzgado comercial N° 23 que resolvió el caso. La sentencia de primera instancia condenó a la compañía a pagar $30 (si, treinta pesos) por el daño material, más sus intereses y una multa por daño punitivo que se valuó en $600.000, tras entenderse que la presencia del objeto extraño en la botella había quedado probada y certificada por un escribano público, razón por la que la demanda prosperó parcialmente, aunque el juez Fernando M. Pennacca entendió que ambas partes habían fallado en su actividad probatoria, llegándose incluso a declararse la negligencia de las pericias scopométrica y química-bromatológica, algo que contribuyó inclusive a la postura asumida por el juez que entendió que la desaprensión de la demandada se alejó de la buena fe. https://www.diariojudicial.com/news-96134-se-eleva-la-multa-para-calmar-la-sed Fuente: Diario Judicial

Lo seguro es la multa civil

Un usuario demandó al banco por debitarle un "seguro contra el robo en cajeros" que nunca contrató que sumaban $902 y la demanda prosperó aplicándose daños punitivos por $400.000. El daño moral, admitido en grado, fue desechado por la cámara.

Una sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda condenó a un banco a reintegrar sumas de dinero que se habían debitado por un “seguro contra robo en cajero”, un rubro que no había sido contratado por el acto, a lo que sumado una suma de $100.000 en concepto de daño extrapatrimonial. Para la jueza la entidad había hecho los débitos en forma inconsulta e infundada lo que mereció además una multa civil del art. 52 bis LDC por $400.000, todo eso pese a que las sumas totales debitadas alcanzaban apenas a $902, rechazándose los “gastos de movilidad” que también reclamó la actora. https://www.diariojudicial.com/news-96087-lo-seguro-es-la-multa-civil Fuente: Diario Judicial

Cuáles son los beneficios impositivos para los propietarios con el cambio de la ley de alquileres

Los cambios a la ley de alquileres incluyen beneficios impositivos para los propietarios y algunos también alcanzan a los inquilinos

Entró en vigencia el miércoles 18 de octubre. Los contratos que se firmen a partir de esa fecha se regirán por la nueva ley de alquileres. La publicación en el Boletín Oficial de los cambios aprobados por el Congreso establece las variantes introducidas a la ley 27.551 por senadores y diputados.

Hay dos cambios claves en relación con los contratos nuevos: ahora los alquileres tendrán un ajuste cada seis meses -antes era una vez al año- y el porcentaje de ese incremento será sobre la base del coeficiente Casa Propia. La duración seguirá siendo de tres años, pero ya no corre más el ICL del Banco Central ni le ajuste anual. El nuevo índice a aplicar se basa en el indicador más bajo entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación durante el mismo período. (Fuente: Diario La Nación)

https://www.lanacion.com.ar/propiedades/cuales-son-los-beneficios-impositivos-para-los-propietarios-con-el-cambio-de-la-ley-de-alquileres-nid27102023/