En relación a las consultas que hemos recibido en los últimos días respecto al acuerdo celebrado por nuestra asociación civil y el Gupo Pilay, creemos oportuno realizar algunas aclaraciones de forma tal de evitar malentendidos por parte de los consumidores a quienes hemos representado.

  • El objetivo del acuerdo es beneficiar a los clientes al limitar los aumentos por encima del índice de la Cámara Argentina de la Construcción. De ahora en más, la regla será la variación de la CAC y excepcionalmente, la empresa podrá exceder dicho límite con el previo informe de dos estudios de auditoria de prestigio nacional y/o de Universidades nacionales. Quienes opten por quedar amparados por el acuerdo y regidos por la nueva cláusula, tendrán la ventaja de que cualquier aumento por encima del índice CAC que se les quiera aplicar, no se hará en forma automática, sino que requerirá de un exhaustivo análisis de costos y proyecciones del sistema que justifique dicha excepción, con independencia de todo reclamo que en cada caso los suscriptores consideren pertinente.

 

  • Para aquellos clientes que tengan dificultades para cubrir el costo de la cuota, se ofrece ahora la posibilidad de ampliar los plazos del contrato, previa solicitud del cliente y evaluación de la empresa, para garantizar que dicha ampliación no afecte los intereses de los restantes suscriptores.

 

  • Finalmente, es importante aclarar que, el hecho de no excluirse en el convenio no implica de ninguna manera que el cliente se quedará sin derecho alguno ni prohibición de reclamar judicialmente lo que considere que corresponda.

Reiteramos que la Red Argentina de Consumidores se encuentra a vuestra entera disposición para canalizar cualquier tipo de dudas que surjan al respecto por email: redarconsumidores@gmail.com o  bien personalmente en nuestra sede de Calle Brown 1746 de la ciudad de Rosario, CP 2000, los días y hora:  lunes, miércoles y viernes de 10 a 15hs.