Un usuario demandó al banco por debitarle un «seguro contra el robo en cajeros» que nunca contrató que sumaban $902 y la demanda prosperó aplicándose daños punitivos por $400.000. El daño moral, admitido en grado, fue desechado por la cámara.

Una sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda condenó a un banco a reintegrar sumas de dinero que se habían debitado por un “seguro contra robo en cajero”, un rubro que no había sido contratado por el acto, a lo que sumado una suma de $100.000 en concepto de daño extrapatrimonial.

Para la jueza la entidad había hecho los débitos en forma inconsulta e infundada lo que mereció además una multa civil del art. 52 bis LDC por $400.000, todo eso pese a que las sumas totales debitadas alcanzaban apenas a $902, rechazándose los “gastos de movilidad” que también reclamó la actora.

https://www.diariojudicial.com/news-96087-lo-seguro-es-la-multa-civil

Fuente: Diario Judicial